Si decide realizar unas vacaciones o cualquier estancia corta -ya sea por estudios o por trabajo- en otro país de la Unión Europea, es importante que se asegure de llevar consigo la Tarjeta Sanitaria Europea (TSE).
En algunos países, como Italia por ejemplo, la TSE es la tarjeta sanitaria nacional, mientras que en otros hay que solicitarla gratuitamente a la compañía de seguros competente antes de partir.
Si no es posible expedir una TSE por robo o pérdida de la tarjeta en el extranjero o por una salida inminente, se expedirá un certificado provisional de sustitución.
La posesión de la tarjeta sanitaria da derecho a acceder a los tratamientos médicos necesarios e inaplazables y a que se cubran los gastos. La decisión corresponde entonces al médico que, de forma individual, evalúa si el tratamiento no puede posponerse hasta su repatriación.

 

¡ATENCIÓN!

  • En las normas relativas a la coordinación de la seguridad social, también se consideran países de la UE los siguientes: Islandia, Liechtenstein, Noruega y Suiza.
  • Los ciudadanos de países no pertenecientes a la UE también tienen derecho a la TSE si cotizan a la seguridad social en un país de la UE (excepto Dinamarca).

 

Qué cubre la TSE
La cobertura sanitaria, en los requisitos que acabamos de mencionar, significa que tiene los mismos derechos que las personas aseguradas en el país de acogida.
En el caso de enfermedades crónicas (por ejemplo, asma, diabetes o cáncer) tiene derecho a recibir el tratamiento necesario, si éste no es el objetivo del viaje. Sin embargo, siempre es aconsejable ponerse en contacto con los proveedores del tratamiento con antelación.
Incluso durante un embarazo es posible recibir las respectivas revisiones y cuidados médicos, así como un parto no planificado. Si, por el contrario, tiene intención de dar a luz en el extranjero, puede solicitar una autorización previa en el formulario S2, que le garantizará la cobertura de los gastos.

Además, si no tiene tarjeta o le piden que pague por adelantado por otros motivos, puede solicitar el reembolso de los costes del tratamiento tras la repatriación.

 

Lo que TSE no cubre
Lamentablemente, el uso de la TSE también tiene restricciones y no cubre los gastos en lo siguiente:

  • operaciones de rescate y repatriación;
  • la sanidad privada;
  • en determinados casos de tratamiento planificado (véase la autorización previa a través del formulario S2);
  • los ciudadanos no comunitarios para recibir tratamiento médico en Dinamarca, Islandia, Liechtenstein, Noruega y Suiza (excepto los refugiados o los asegurados a través de un familiar de un ciudadano de la UE)

Para aquellos que deseen tener una cobertura de seguro más amplia, es posible adquirir una póliza de viaje adicional.