El artículo 9 de la Constitución de la República Federal de Alemania trata de la libertad de asociación.
La carta que contiene los distintos artículos se promulgó el 23 de mayo 1949 y entró en vigor sólo para Alemania Occidental y se consideró temporal, a la espera de la reunificación del país.
Por eso no se llamó “Constitución” (Verfassung), sino que se eligió el nombre de “Ley Fundamental de la República Federal de Alemania”, nombre que sigue teniendo hoy.
Modificada varias veces con los años, tras la caída del Muro y la reunificación de Alemania, se decidió aplicar la Constitución del Oeste a todo el país.
El artículo 9 de la Ley Fundamental de la República Federal de Alemania, organizado en tres puntos, trata de la libertad de asociación.
⦁ El primer punto reafirma el derecho de cualquier ciudadano alemán a constituir una asociación o empresa.
⦁ El segundo punto define las características según las cuales pueden desarrollarse estas asociaciones: no deben tener fines inconstitucionales o ilegales, ni promover la enemistad entre los pueblos.
⦁ El tercer punto reconoce la libertad sindical, es decir, el derecho de los trabajadores a organizarse en asociaciones destinadas a mejorar sus condiciones de trabajo y defender sus derechos. Esta libertad también está protegida contra las posibles medidas represivas que pueda tomar el propio Estado.
A continuación citamos el artículo noveno en su totalidad, recordando a los lectores que la Ley Fundamental de la República Federal de Alemania puede consultarse íntegramente a través del portal del Ministerio Federal de Justicia alemán en esta dirección (https://www.gesetze-im-internet.de/englisch_gg/englisch_gg.html#p0030).